Introducción
El presente informe publico país por país ha sido elaborado conforme a la normativa aplicable, con el objetivo de ofrecer una visión transparente de la actividad y contribución fiscal del Grupo Acerinox en las distintas jurisdicciones en las que opera. No obstante, para una adecuada interpretación, es importante tener en cuenta determinadas características de las magnitudes incluidas:
• Impuesto sobre Sociedades Abonado (Criterio de Caja): Esta partida refleja los flujos de salida de tesorería realizados efectivamente durante el ejercicio fiscal en concepto de impuestos. Es imperativo señalar que no existe una correlación directa entre esta cifra y el beneficio antes de impuestos del año en curso.
Los importes aquí consignados suelen derivar de la liquidación de ejercicios anteriores o pagos fraccionados basados en resultados pasados, además puede incluir pagos derivados de inspecciones fiscales y/o litigios. Por tanto, este dato debe analizarse desde una óptica de liquidez y cumplimiento de obligaciones previas, más que como un indicador de la rentabilidad impositiva del ejercicio analizado.
• Impuesto sobre Sociedades Devengado (Ejercicio en curso): Representa la carga tributaria corriente imputable exclusivamente a las operaciones del presente ejercicio. Esta partida no incluye los movimientos en los impuestos diferidos (activos y pasivos por impuesto diferido derivados de diferencias temporarias). Por lo que no es posible calcular el tipo impositivo efectivo (ETR) bajo el Puerto Seguro (Safe Harbour) del Pilar II de la OCDE por jurisdicción basándonos en este dato.
Para determinar dicho ETR conforme al método simplificado de los tests de Puerto Seguro (Safe Harbour) de la OCDE y la normativa española, se toma el cociente entre los impuestos sobre beneficios (o análogos) reconocidos como gasto en la cuenta de pérdidas y ganancias y el beneficio antes de impuestos. El impuesto sobre beneficios recogido en pérdidas y ganancias incluye tanto el impuesto corriente como el impuesto diferido, sin embargo, como se ha indicado, los impuestos diferidos están excluidos del cálculo del Impuesto sobre Sociedades Devengado del informe país por país público.
Por otra parte, debe destacarse que las diferencias entre el Impuesto sobre Sociedades devengado y el efectivamente abonado en un determinado ejercicio responden, principalmente, a la distinta naturaleza temporal y contable de ambos conceptos. El impuesto devengado refleja el gasto por impuesto corriente asociado a los resultados del ejercicio, conforme al principio de devengo contable, mientras que el impuesto abonado recoge los pagos en efectivo realizados durante el período, que pueden corresponder tanto al propio ejercicio como a regularizaciones de ejercicios anteriores o anticipos de ejercicios futuros.
En este sentido, las divergencias pueden explicarse por (i) el calendario de pagos fraccionados y liquidaciones definitivas, (ii) ajustes derivados de inspecciones fiscales o procedimientos amistosos, (iii) la utilización o generación de créditos fiscales (por ejemplo, compensación de bases imponibles negativas o deducciones), y (iv) efectos derivados de retenciones o impuestos satisfechos en otras jurisdicciones. Por tanto, dichas diferencias no reflejan necesariamente una discrepancia en la tributación efectiva del Grupo, sino desajustes temporales inherentes a la aplicación de las normas fiscales y contables en las distintas jurisdicciones en las que opera.
Estas diferencias explicarían el hecho de que, en jurisdicciones como Portugal, Polonia o Francia, el Grupo declare un importe positivo de pago de impuestos del ejercicio a pesar de haber obtenido resultados reducidos en el ejercicio 2025.
• Resultados no Distribuidos: Este concepto computa los beneficios históricos acumulados por las distintas sociedades del Grupo que han sido retenidos como parte de los fondos propios y no se han repartido en forma de dividendos.
Es fundamental desvincular esta cifra tanto del beneficio del año en curso como de la posición de tesorería (caja). Los resultados no distribuidos no representan efectivo disponible, sino capital que ya ha sido integrado en la estructura de activos del Grupo (maquinaria, instalaciones, existencias etc.).
• Beneficios (pérdidas) antes del impuesto sobre beneficios o impuestos de naturaleza análoga al mismo: Este concepto refleja el resultado antes de impuestos habiéndose excluido los dividendos recibidos de entidades vinculadas, así como los deterioros de participaciones intragrupo. Dicho lo anterior, aunque el beneficio antes de impuestos es el punto de partida para el cálculo tributario, no constituye la base final sobre la que se aplica el impuesto. Esto se debe a que la normativa contable y la fiscal persiguen objetivos distintos, lo que requiere realizar una conciliación técnica. Para obtener la base imponible del Impuesto sobre Sociedades, se aplican ajustes denominados 'extracontables' (tanto positivos como negativos). Como resultado, la carga fiscal final depende de este importe ajustado y no del beneficio contable inicial, lo que explica que ambas cifras puedan diferir significativamente.
En lo que se refiere a los resultados del Grupo en 2025, durante ese ejercicio el mercado europeo se enfrentó a una demanda persistentemente débil y a una elevada incertidumbre macroeconómica global. Simultáneamente, las medidas proteccionistas aplicadas por otros países, fundamentalmente Estados Unidos, conllevaron que se registrara un aumento del 25% en las importaciones de productos de acero inoxidable en Europa en comparación con el año anterior lo que dio lugar a unos resultados muy ajustados en el continente europeo.
Dicho lo anterior, conviene destacar la siguiente información relativa a la información publicada en relación con determinadas jurisdicciones:
Alemania.
Los importes registrados en concepto de Impuesto sobre Sociedades satisfecho no corresponden a la carga tributaria del ejercicio en curso, sino que derivan de las liquidaciones vinculadas a los resultados positivos obtenidos en el ejercicio 2023 y a los pagos a cuenta del ejercicio. El elevado importe de los pagos efectuados refleja la sólida base de beneficios obtenidos por la entidad en estos periodos.
La diferencia entre el resultado del ejercicio y el impuesto sobre sociedades corriente responde al uso de distintos marcos contables: mientras que el impuesto se liquida conforme a la normativa local (Local GAAP), el resultado del ejercicio se rige por las normas IFRS
España.
El grupo en esta jurisdicción ha tenido unos resultados negativos derivados de las circunstancias excepcionales descritas en el marco de la Memoria.
Asimismo, en el ejercicio 2025, tras la declaración de inconstitucionalidad del Real Decreto Ley 3/2016, se ha obtenido la devolución de ingresos indebidos correspondiente a la regularización del Impuesto sobre Sociedades del ejercicio 2021, lo que explica que el impuesto pagado en el ejercicio resulte en una devolución.
Esta misma regularización ha aflorado un menor gasto por Impuesto, por lo que el gasto por impuesto registrado está vinculado al ejercicio 2021 y no al ejercicio 2025.
Luxemburgo
La presencia en Luxemburgo responde al desarrollo de actividad aseguradora y de reaseguro para el Grupo, operando como un vehículo especializado en la gestión y cobertura de riesgos corporativos. Bajo este modelo operativo, habitual en el sector asegurador internacional, la entidad gestiona sus pólizas, riesgos y obligaciones técnicas mediante la contratación de gestores profesionales y servicios externos especializados. Por tanto la generación de ingresos deriva directamente de la gestión de activos y la asunción de riesgos técnicos, sin requerir una estructura de personal directo para su funcionamiento operativo y cumplimiento normativo.
Polonia
Es importante recordar que el resultado antes de impuestos no coincide necesariamente con la base imponible utilizada para el cálculo tributario. En esta jurisdicción, el resultado contable se ha visto impactado por ajustes temporales de gran magnitud, entre los que cabe destacar los ajustes por diferencias de cambio no realizadas en el ejercicio y los ajustes derivados valor neto realizable de las existencias (ambos correspondientes a beneficios no tributables en el ejercicio), lo que ha derivado en una base imponible negativa para el presente ejercicio, con independencia del beneficio reportado en libros.
En conjunto, el análisis de la información incluida en este informe requiere una visión global que tenga en cuenta las diferencias entre contabilidad y fiscalidad, así como los efectos temporales inherentes a la operativa internacional. El Grupo Acerinox reitera su compromiso con el cumplimiento estricto de las obligaciones fiscales en todas las jurisdicciones en las que opera, así como con los principios de transparencia y coherencia en su contribución tributaria.